Serpress-Popayán
Cuando todos opinan y tratan de satisfacer sus intereses personales, sacrificando a los trabajadores del Hospital Universitario San José, emerge la figura de su director, Juan Carlos Arteaga Cifuentes, explicando, en que consiste el Decreto 0661 del 26 de junio de 2026, que es una norma laboral de bastante importancia, porque modifica el régimen del contrato sindical y busca impedir que esta figura sea utilizada para ocultar verdaderas relaciones laborales o como mecanismo de intermediación ilegal de trabajadores.
Según Arteaga Cifuentes, “La interpretación correcta no es que el Gobierno haya eliminado el contrato sindical. El contrato sindical continúa existiendo, pero ahora queda sometido a controles mucho más estrictos y de beneficio laboral para los trabajadores”.
En estos momentos de crisis, ante el no pago oportuno por parte de las EPS, que generan crisis económicas, los detractores al servicio de intereses oscuros, pretende atacar el decreto es que, en algunos casos, el sindicato, termina funcionando, simplemente como un intermediario, que suministra trabajadores, a esta entidad de salud, mientras la empresa beneficiaria, realmente dirige, controla y da órdenes a esas personas, en otras palabras: El sindicato no puede convertirse en una empresa de suministro de trabajadores.
El director del hospital Universitario San José de Popayán, Juan Carlos Arteaga Cifuentes, concluye diciendo que, “el objetivo de fondo del decreto ley, realizado por el gobierno Colombiano, resulta positivo, porque evita que el contrato sindical sea utilizado para precarizar el trabajo, suministrar trabajadores como si fueran mercancía o esconder verdaderas relaciones laborales, aumenta los controles sobre la seguridad social, exige mayor autonomía de los sindicatos, fortalece la participación de los afiliados y limita la utilización de contratos sindicales para cubrir permanentemente actividades misionales.
Por ello, no debe interpretarse como una norma contra los sindicatos ni como una norma que automáticamente elimina los contratos sindicales. Su propósito es impedir que una figura legítima del derecho colectivo sea utilizada como mecanismo de intermediación laboral ilegal”, finaliza argumentando el funcionario.
En mi opinión. El Decreto 0661 puede generar incertidumbre laboral en el corto plazo, pero busca producir mayor estabilidad, formalización y protección de derechos en el largo plazo, si el contrato sindical es auténtico, el decreto lo regula y fortalece; si es una fachada para ocultar una relación laboral, el decreto lo debilita y puede abrir la puerta a que se reconozcan las responsabilidades laborales que realmente corresponden.





